Glosario
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A
Acoso ambiental: se produce cuando el comportamiento sexual impropio o un determinado comportamiento dirigido a una persona por razón de su sexo crea un ambiente intimidador, hostil, ofensivo: comentarios de naturaleza sexual, bromas (normalmente requiere insistencia y repetición de las acciones, en función de la gravedad del comportamiento).
Acoso de intercambio (o quid pro quo): se produce cuando se fuerza a la persona acosada a escoger entre someterse a los requerimientos sexuales o perder ciertos beneficios o condiciones en el trabajo (incorpora el chantaje sexual). La negativa de la persona a una conducta de naturaleza sexual se utiliza para negarle el acceso a la formación, a la ocupación, la promoción, el salario o cualquier otra decisión sobre la ocupación.
Acoso horizontal: presión ejercida por una persona trabajadora, una persona del alumnado o por un grupo de personas trabajadoras, alumnado hacia un compañero o compañera. Acoso por razón de sexo: Situación donde se produce un comportamiento no deseado, relacionado con el sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de esta persona y de crear un entorno intimidador, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
Acoso sexual: Situación en la cual se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado, de índole sexual, con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, especialmente cuando se crea un entorno intimidador, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
Acoso vertical ascendente: presión ejercida por un/a trabajador/a alumno/a o un grupo de trabajadores/oras o alumnos/as sobre una persona con superioridad jerárquica.
Acoso vertical descendente: presión ejercida por una persona con superioridad jerárquica sobre una o más personas trabajadoras y/o alumnado.
Atención: Conjunto de acciones destinadas a una persona para que pueda superar las situaciones y consecuencias generadas por el abuso en los ámbitos personal, familiar y social, garantizando su seguridad y facilitándole la información necesaria sobre los recursos y procedimientos para que pueda resolver la situación.
D
Detección: Puesta en funcionamiento de diferentes instrumentos teóricos y técnicos que permitan identificar y hacer visible la problemática de la violencia machista, tanto si aparece de manera precoz como de manera estable, y que permitan también conocer las situaciones en las que se tendría que intervenir, para evitar su desarrollo y cronicidad.
Discriminación directa: Situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pueda ser tratada, dependiendo de su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
Discriminación indirecta: Situación en qué una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en particular en desventaja con respecto a personas del otro sexo, a menos que esta disposición, criterio o práctica se puedan justificar objetivamente atendiendo a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar esta finalidad sean necesarios y adecuados.
Discriminación por embarazo o maternidad: Cualquier trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.
P
Prevención: Conjunto de acciones encaminadas a evitar o reducir la incidencia de la problemática de la violencia machista a través de la reducción de los factores de riesgo, e impedir así su normalización, y las encaminadas a sensibilizar a la ciudadanía, especialmente a las mujeres, en el sentido de que ninguna forma de violencia es justificable ni tolerable.
R
Recuperación: Etapa del ciclo personal y social de una mujer que ha vivido situaciones de violencia en que se produce el restablecimiento de todos los ámbitos dañados por la situación vivida.
Reparación: Conjunto de medidas jurídicas, económicas, sociales, laborales, sanitarias, educativas y similares adoptadas por los diferentes organismos y agentes responsables de la intervención en el ámbito de la violencia machista, que contribuyen al restablecimiento de todos los ámbitos dañados por la situación vivida.
S
Sensibilización: Conjunto de acciones pedagógicas y comunicativas encaminadas a generar cambios y modificaciones en el imaginario social que permitan avanzar hacia la erradicación de la violencia machista.
V
Victimización secundaria o revictimización: Maltrato adicional ejercido hacia las mujeres que se encuentran en situaciones de violencia machista como consecuencia directa o indirecta de los déficits -cuantitativos y cualitativos- de las intervenciones llevadas a cabo por los organismos responsables, así como para las actuaciones no acertadas provenientes de otros agentes implicados.
Violencia económica: Privación intencionada y no justificada de recursos para el bienestar físico o psicológico de una persona y, de sus hijas o hijos, así como la limitación en la disposición de los recursos propios o compartidos en el ámbito de pareja.
Violencia en la pareja: Violencia física, psicológica, sexual o económica ejercida sobre las mujeres y realizada por parte del hombre que es o ha sido su cónyuge o por la persona que haya tenido relaciones similares de afectividad.
Violencia física: Cualquier acción no accidental que provoque daños físicos o enfermedades. Violencia laboral, violencia física, sexual o psicológica que se pueda producir tanto en el centro de trabajo y durante la jornada de trabajo, como fuera del centro y de las horas de trabajo, siempre que tengan relación con el mismo.
Violencia machista: Violencia que se ejerce contra las mujeres como manifestación de la discriminación y de la situación de desigualdad en el marco de un sistema de relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres y que, producida por medios físicos, económicos o psicológicos, incluidas las amenazas, las intimidaciones y las coacciones, tenga como resultado un daño o un padecimiento físico, sexual o psicológico, tanto si se produce en el ámbito público como en el privado.
Violencia psicológica: Toda conducta u omisión intencional que produzca en una persona desvalorización o padecimiento, mediante amenazas, humillaciones, vejaciones, exigencia de obediencia o sumisión, coerción verbal, insultos, conductas de restricción, conductas destructivas (referidas en objetos de valor económico o afectivo para la víctima y el maltrato de animales domésticos), culpabilización de la mujer en las conductas violentas del hombre o cualquier otra limitación de su ámbito de libertad.
Violencia sexual y abusos sexuales: Cualquier acto de naturaleza sexual no consentido por las personas, incluida la exhibición, la observación, la imposición -mediante violencia, intimidación, prevalencia o manipulación emocional- de relaciones sexuales, por parte de la persona que tiene o ha tenido una relación conyugal, o afectiva con la mujer que sufre esta situación.